lunes, 14 de febrero de 2011

Acerca de la República Liberada de Villa El Libertador

Ante la pretensión del Pte. del Centro Vecinal de Villa El Libertador para que este barrio sea  un municipio autónomo, la legisladora Nadia Fernández, vecina del mismo  expresó que “la iniciativa es legítima y haremos lo que la gente necesita, pero debemos al mismo tiempo advertir que solo con ello no se van a solucionar automáticamente los problemas de los vecinos y que esto es la consecuencia de una gestión municipal que se empeña en no escuchar las demandas y las iniciativas de esta comunidad”. "No es que los vecinos no quieran ser vecinos de la ciudad, sino que están hartos de la inacción del intendente: las calles no se arreglan, los espacios comunitarios y deportivos no existen, los dispensarios no alcanzan y hablan de un hospital que se hace con plata de España enviada con la crisis del 2001. Esto pasa porque dirigentes ignorantes subestiman al vecindario porque desconocen su historia. Todo lo que posee la Villa es gracias a la organización comunitaria”.  
La legisladora refirió que: “Villa El Libertador siempre fue un botín de caza de dirigentes inescrupulosos que solo ven en nuestro barrio caudal de votos, si hasta hubo intendentes que juraron y asumieron como tales en la Villa”.  Por otra parte, por su trabajo comunitario en el barrio, dijo saber que: “Todo lo que tiene Villa El Libertador, escuelas, servicios, etc., siempre fue logrado a costa de la organización comunitaria de los vecinos, el barrio tiene instituciones de larga data, no solo el centro vecinal (que recién ahora comenzó a funcionar como corresponde) sino también la Parroquia y sus 10 comunidades eclesiales de base, la FM Sur y la Multisectorial”.
Asimismo, y desde una mirada estrictamente jurídica, la legisladora manifestó que para que sea un municipio autónomo, deberán cumplimentarse los requisitos dispuestos tanto por la Carta Orgánica Municipal como por la Ley 8102 que establece el Régimen de Municipios y Comunas.
Esto es: 1) Primero, someter la ordenanza que disponga el desmembramiento a  Referéndum Obligatorio de los vecinos de Córdoba (art. 145 Carta Orgánica).
               2) Luego, según el art. 2 de la ley 8.102, el Ejecutivo Provincial realice una memoria descriptiva de la planta urbana con su respectivo mapa, un informe sobre la necesidad y factibilidad de la prestación de servicios, un plan regulador de desarrollo urbano, (ya que el censo se ha efectuado recientemente), y determinar el radio municipal.
               3) Después el Ejecutivo deberá enviar un proyecto de Ley a la Legislatura,
               4) Finalmente, la Unicameral deberá sancionar la norma.
La legisladora concluyó diciendo: “Todos estos pasos demuestran que la iniciativa debe ser abordada con seriedad y estratégicamente, no con meros fines efectistas, sino basta con recordar ideas similares como Beri, Pando y Tarija en Bolivia –proyectos escicionistas o disolventes- , y el delirio de Rodríguez Saa de “la República de San Luis””.


    Legisladora Nadia Fernández
Bloque Peronismo Militante PC

 CEL  152087961 / 152624818
 




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    Legisladora Nadia Vanesa Fernández

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